“Por la historia reciente de nuestra provincia no podemos reposar en la tranquilidad. Por esa razón este Ministerio Público trabajó a destajo para avanzar con esta investigación que dio sus frutos”, aseguró la fiscala Mariana Rivadeneira al acusar a cuatro policías y a un civil de instigar a la sedición. El juez interviniente le dio la razón y dictó la prisión preventiva a los sospechosos por 60 días.
Rivadeneira, en una audiencia que duró casi dos horas, relató los detalles de la pesquisa. Dijo que el sábado, por una denuncia del jefe de Policía, Joaquín Girveau, personal de Delitos Telemáticos investigó la posible creación de un grupo de WhatsApp por policías que estaban dispuestos a realizar una huelga para reclamar mejoras salariales. “El grupo se creó el 22 de febrero y dos días después, cuando comenzó la investigación, ya tenían más de 1.000 integrantes”, sostuvo la fiscala.
El domingo, en una serie de allanamientos, fueron detenidos tres policías y un civil y, el lunes, un efectivo más. La fiscala, en la audiencia de formulación de cargos, explicó el rol que tuvo cada uno de los cinco imputados:
- Carlos Alberto Córdoba: empleado de la Municipalidad de Lules que está acusado de haber publicado el mensaje “vamos por el autoacuartelamiento”.
- Walter Federico Moreno: empleado policial que es el titular de la cuenta donde se realizaba el depósito del dinero de la colecta que realizaban para contratar los servicios del abogado Gustavo Morales, que ya había desmentido haber tenido algún tipo de contacto con ellos.
- Juan Eduardo Adrián Chebbib: también efectivo que cuestionó a los administradores del grupo de WhatsApp por haber desaparecido.
- Héctor Eduardo Coria: empleado policial que trabajaba en prensa del Ministerio de Seguridad y que fue individualizado por haber facilitado el contacto para dialogar con Morales.
- Víctor David Graneros: efectivo que fue el creador del grupo “Salario Policial 2024” donde los sospechosos se organizaron.
Sólo dos de los acusados declararon. Coria indicó que trabajó en el área de Seguridad de la Casa de Gobierno y que no conocía a ninguno de los integrantes. “No tengo nada que ver con la huelga ni intenté hacer nada. En los últimos años me relacioné más con los funcionarios que con los compañeros. Sólo brindé el contacto de un allegado a Morales. Creo, por lo que leí en el grupo, que querían contratarlo para que les haga un petitorio”, indicó. “Conduzco un programa de radio en Aguilares que es uno de los más escuchados a la siesta. Nunca hablé mal de este Gobierno y mucho menos de la Policía”, indicó en su exposición.
Graneros, por su parte, habló sobre el porqué de la creación del grupo. Relató que él es administrador del grupo de WhatsApp “Acción Solidaria Azul” con fines benéficos, ya que normalmente es utilizado para realizar colectas a favor de sus colegas que están pasando por un mal momento. “Cuando comenzaron a hablar de la cuestión salarial, les pedí que no lo hicieran, pero como lo seguían haciendo, decidí crear otro. Ahí comenzó todo, pero no tengo nada que ver”, aclaró.
Dos pasos
La fiscala aprovechó la audiencia para solicitar que la causa se declarada como causa compleja, es decir, que no estará limitada a seis meses para cerrarla, una clara muestra de que la investigación se ampliará. “Hay por lo menos 24 celulares para analizar e identificar a otras personas. Estamos investigando a letrados que pueden haber incitado a todo esto”, añadió antes de solicitar que se les dicte la prisión preventiva por 90 días.
Luis María Rizzo, que asistió a Coria, y la defensora oficial Marta Toledo, representante de los otros cuatro imputados, se opusieron a los dos planteos de la acusadora. El juez Alejandro Valeros aceptó parcialmente los pedidos. Sí declaró como causa compleja al expediente y dictó la preventiva a los acusados, pero por 60 días.
Cuál es la pena que impone el Código Penal
La fiscala Mariana Rivadeneira acusó de instigar a la sedición a los acusados. Sobre este delito, el código penal establece: “el que públicamente instigare a cometer un delito determinado contra una persona o institución, será reprimido, por la sola instigación, con prisión de dos a seis años, según la gravedad del delito y las demás circunstancias establecidas en el artículo 41”..